coronavirus

Adiós a las mascarillas en interiores a partir del 20 de abril

Tras dos intensos años con mascarillas, a partir del 20 de abril, tras Semana Santa, podremos decirle adiós en interiores. Eso sí, con algunas excepciones. La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha destacado que «este era el momento» para eliminar las mascarillas en interiores «por razones lógicas», es decir, por la situación epidemiológica y por «la elevadísima cobertura vacunal».

La pandemia «evoluciona de manera positiva», ya que «los indicadores se mantienen estables con tendencia a la baja», lo que ha motivado tanto el cambio en la estrategia de vigilancia como la decisión del fin de las mascarillas en interiores, tal y como ha explicado la ministra.

Durante el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (Cisns), que ha tenido lugar en Toledo, por «práctica unanimidad», Sanidad y las comunidades autónomas han aprobado eliminar las mascarillas a partir del próximo 20 de abril.

¿Dónde seguirá siendo obligatoria?

  • Seguirán siendo obligatorias en el interior de los centros asistenciales, tanto para los trabajadores como para los visitantes, incluso para las personas ingresadas si comparten espacios comunes, «para seguir manteniendo la protección de las personas vulnerables», según ha precisado Darias. Pero no lo serán «en ningún caso» en los colegios, ya que la posición de la Ponencia es que los escolares dejen «ya» de usar la mascarilla en el aula, como ya lo hacían en el patio.
  • También serán obligatorias en centros sociosanitarios. «No es obligatoria para los mayores que viven en ellas porque se considera que es su casa, pero sí deben llevarla las personas trabajadoras que trabajan allí y las visitas», ha recordado la ministra.
  • También, en los medios de transporte, y se aconsejará en población vulnerable. En el ámbito laboral, la ponencia aconseja utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio; y en el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.
  • Finalmente, recomienda su uso en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos y museos) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes y locales de ocio nocturno).
redaccion

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