La Junta valida 136 indemnizaciones para víctimas y familiares del accidente de Adamuz

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29/01/2026 Liliana Sáenz, hija de una de las víctimas onubenses del accidente de Adamuz, interviene en la misa funeral junto a su hermano Fidel en nombre todas las víctimas SOCIEDAD ANDALUCÍA ESPAÑA EUROPA HUELVA CLARA CARRASCO/EUROPA PRESS

La comisión encargada de evaluar las ayudas derivadas del accidente registrado en Adamuz ha aprobado un total de 136 solicitudes de indemnización destinadas tanto a personas afectadas como a familiares de las víctimas mortales, dentro del proceso extraordinario habilitado tras el siniestro.

Un total de 136 solicitudes de indemnizaciones a víctimas y familiares de fallecidos en el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) han sido ya aprobadas desde que el 3 de febrero el Gobierno central abriera el plazo de solicitud de ayudas destinadas a ofrecer un respaldo económico no reembolsable e inmediato a las víctimas y a familiares de fallecidos. De las 136 peticiones aprobadas, 18 ya han sido abonadas y 118 están aprobadas provisionalmente –72 corresponden a familiares de fallecidos y 46 a heridos–, pendiente de que finalice el plazo de diez días otorgado a los solicitantes para que presenten alegaciones a las mismas, según datos oficiales consultados por Europa Press. Tras ello, se resolverán y se procederá al pago de las mismas.

El 3 de febrero el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abrió el plazo de solicitud de estas ayudas destinadas a las víctimas de los accidentes ferroviarios ocurridos en Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en el marco de lo previsto en el Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, aprobado por el Consejo de Ministros, con el objetivo de respaldar económicamente a los afectados, reducir la incertidumbre económica derivada de los accidentes y facilitar una tramitación ágil y accesible.

Los beneficiarios son personas que viajaban en los trenes accidentados y el personal ferroviario que se encontraba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) y que resultaron heridos; y los familiares de las personas fallecidas, de acuerdo con el orden y los criterios establecidos en la normativa aplicable. El procedimiento prevé una ayuda directa y no reembolsable en los supuestos de lesiones y fallecimiento, así como un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.

Estas ayudas son compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con las futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con otras ayudas o seguros públicos o privados que pudieran corresponder. El trámite para presentar la solitud se estableció inicialmente hasta el 4 de mayo, si bien posteriormente el Ministerio de Transportes amplió un mes más para dos supuestos: personas que resultaran heridas como consecuencia de los accidentes ferroviarios; personas que reúnan la condición de víctimas indirectas de las personas fallecidas en los accidentes ferroviarios siempre y cuando para la misma persona fallecida no se hubiera presentado en plazo alguna solicitud por parte de otro beneficiario.

Así, los potenciales beneficiarios que cumplan las condiciones establecidas en la resolución de ampliación podrán presentar las solicitudes hasta el 4 de junio de 2026. Las personas que ya hayan presentado su solicitud no deben realizar ninguna acción adicional. La tramitación de las solicitudes podrá continuar realizándose, tanto de forma presencial como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, donde está disponible toda la información relativa a las ayudas, una guía y los formularios para realizar la solicitud, así como un documento de preguntas y respuestas.

 

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