Los nuevos niveles de alerta son de aplicación durante siete días desde las 00.00 horas del viernes 1 de octubre
En desarrollo de la modificación de la Orden de la Consejería de Salud de 7 de mayo de 2021, los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas se han reunido hoy por vía telemática, presididos por los respectivos delegados territoriales de Salud y Familias, para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivos ámbitos de actuación.
Sobre la base de los informes de evaluación específica realizados por la Sección de Epidemiología de las respectivas delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Familias, se ha decidido no proponer ningún municipio para la restricción de la libertad de movimiento en horario nocturno.
De aplicación desde las 00.00 horas del viernes 1 de octubre
Nivel 1
En relación con el ocio nocturno y los salones de celebraciones se permite el consumo en barras interiores y exteriores. El aforo máximo de las celebraciones en interior será de 250 personas. El ocio nocturno tiene un horario de apertura que se extiende hasta las 03.30. Las discotecas hasta las 05.00 horas.
Por otro lado, respecto a los congresos los aforos en interior pueden alcanzar las 1.000 personas y, en exterior, las 1.500. Sobre los velatorios y funerales, el aforo es de 40 personas al aire libre y 30 en espacios cerrados. En funerales y comitivas para el enterramiento se podrán reunir hasta 70 personas.
Los umbrales que marcan los niveles tienen en cuenta ocho indicadores, no sólo la incidencia:
Los comités territoriales de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto realizan un seguimiento continuo de la situación epidemiológica en sus provincias e informan sobre la necesidad de mantener o modular los niveles de alerta y sus grados según el riesgo sanitario y la proporcionalidad de las medidas. Se reúnen cada miércoles para evaluar la situación de los municipios.
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