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Adiós a los okupas: el Congreso aprueba una Ley que permitirá desalojar una casa en cuestión de horas

El Congreso ha marcado un antes y un después al aprobar una nueva ley frente a la ocupación ilegal de viviendas en España, ya que ahora se podrá desalojar a estas personas que entren de forma ilegal en una casa en apenas unas horas, causando un amplio debate en el ámbito político y social.

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado jueves entre errores y arrepentimientos una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesta por el PNV. La enmienda, que afectará incluso a los ‘okupas’ con hijos, contó con el apoyo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, Bildu y ERC, estos dos últimos por un «error injustificable». Por su parte, la oposición vino de PSOE, Sumar, Podemos y BNG. Vox se abstuvo en la votación. La proposición de ley se encuentra en el Senado, donde tiene mayoría el PP y se espera que se apruebe.

Esta nueva Ley que ha aprobado el Congreso y que pretende frenar la ocupación ilegal en España: «En cuestión de días se va poder desalojar okupas por un cambio en la Ley. Hoy día el desalojar okupas es un proceso que lleva meses y meses y se va a poder desalojar en cuestión de días. Para ponerlo en contexto es que el Congreso ha aprobado la Ley de eficiencia judicial.».

La ‘okupación’ es un problema a nivel social en España desde hace años atrás. A finales de 2023, el Portal Estadístico de Criminalidad del Ministerio de Interior informó de que en España hay más de 15.000 pisos ocupados de manera ilegal. Los procesos de desahucio son largos y costosos, algo que va a cambiar radicalmente cuando se finalice la aprobación de la enmienda propuesta por el PNV.

Así es la nueva ley ‘anti okupa’: El único caso por el que la policía podrá desalojar la vivienda

El Congreso de los Diputados aprobó por sorpresa el pasado jueves una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesta por el PNV. La enmienda, tuvo el apoyo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria y, sorprendentemente, Bildu y ERC, estos dos últimos por un supuesto «error injustificable». La nueva ley consiste en añadir los delitos de usurpación de morada, tipificado en el artículo 245 del Código Penal, y de allanamiento de morada, en el artículo 202 del mismo, para que estos pasen a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado, es decir, los ‘okupas’ serán juzgados en un plazo máximo de quince días desde su puesta disposición judicial y los procesos de desahucio serán más rápidos.

 

El Congreso de los Diputados aprobó por sorpresa el pasado jueves una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesta por el PNV. La enmienda, tuvo el apoyo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria y, sorprendentemente, Bildu y ERC, estos dos últimos por un supuesto «error injustificable». La nueva ley consiste en añadir los delitos de usurpación de morada, tipificado en el artículo 245 del Código Penal, y de allanamiento de morada, en el artículo 202 del mismo, para que estos pasen a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado, es decir, los ‘okupas’ serán juzgados en un plazo máximo de quince días desde su puesta disposición judicial y los procesos de desahucio serán más rápidos.

El Congreso de los Diputados aprobó por sorpresa el pasado jueves una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesta por el PNV. La enmienda, tuvo el apoyo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria y, sorprendentemente, Bildu y ERC, estos dos últimos por un supuesto «error injustificable». La nueva ley consiste en añadir los delitos de usurpación de morada, tipificado en el artículo 245 del Código Penal, y de allanamiento de morada, en el artículo 202 del mismo, para que estos pasen a tramitarse en los juicios de procedimiento abreviado, es decir, los ‘okupas’ serán juzgados en un plazo máximo de quince días desde su puesta disposición judicial y los procesos de desahucio serán más rápidos.

En este sentido Luis García, socio del bufete abogados GBLABEL, ha explicado en el programa En casa de Herrero, de esRadio, en qué consiste esta enmienda que solo afectará a «las okupaciones que tengan un carácter delictivo». Cuando los inquilinos que ya tenían un contrato de alquiler vence y no desalojan esa vivienda, la okupación «no se considerará delictiva», tal y como ha comentado el abogado. Por ello, la proposición de ley no podría actuar en estos casos, dado que no hay un «delito de usurpación o allanamiento de morada».
«El juez determina los hechos ocurridos y las personas implicadas y otros casos el delito flagrante se pone inmediatamente a disposición judicial, y se dictan sentencias en un plazo muy corto», explicaba Luis García y los dos tipos de procesos. «El procedimiento abreviado que simplifica el proceso y que acorta los plazos», decía. La proposición se finalmente se aprueba en el Senado, «en muy pocos días habrá sentencia y condena«, según Luis García. Además, «se desalojará la vivienda de forma inmediata». «El juez debe hacer un examen para saber si los ocupantes ilegales merecen una protección especial. Si estás cometiendo un delito flagrante no se prevé el estudio de vulnerabilidad», afirmó
redaccion

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