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title: "Consumo informa sobre el derecho al reembolso o transporte alternativo por la cancelación de un vuelo"
description: "La Administración autonómica recuerda que las personas afectadas podrán interponer las oportunas reclamaciones ante la compañía aérea siempre que conserven las facturas La Dirección General..."
url: https://www.malagamagazine.es/consum-cancelacion-vuelo-huelga/
date: 2019-09-07
modified: 2019-09-07
author: "Málaga Magazine"
image: https://www.malagamagazine.es/wp-content/uploads/2019/09/Viajera-en-un-aeropuerto-Comunicación-Junta-de-Andalucía.jpg
categories: ["Agricultura", "Costa del Sol", "Malaga", "Provincia", "Turismo"]
type: post
lang: es
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# Consumo informa sobre el derecho al reembolso o transporte alternativo por la cancelación de un vuelo

***La Administración autonómica recuerda que las personas afectadas podrán interponer las oportunas reclamaciones ante la compañía aérea siempre que conserven las facturas***

La **Dirección General de Consumo** de la **Consejería de Salud y Familias** ha elaborado una serie de **recomendaciones sobre los derechos **que asisten a las personas consumidoras ante situaciones de **huelga en el transporte aéreo**. Consumo recuerda que, en caso de **cancelación** de un vuelo, las personas viajeras disponen del **derecho al reembolso o a transporte alternativo**.

Si se opta por la primera de las opciones, la compañía habrá de efectuar el reembolso, en **siete días**, del **coste íntegro del billete **en el precio al que se compró correspondiente a la **parte del viaje no efectuada o a la parte efectuada **si el vuelo ya no tiene razón de ser.

Además, cuando proceda, la compañía deberá facilitar a la persona viajera un **vuelo de vuelta al primer punto de partida** lo más rápidamente posible. El reembolso podrá efectuarse en metálico, por **transferencia bancaria convencional o electrónica, cheque** o, **previo acuerdo firmado** por la persona afectada, **bonos de viaje u otros servicios**.

Si la persona afectada por la cancelación opta por ser conducida hasta su destino final, **las condiciones de transporte deben ser comparables a las contratadas**, en el menor plazo de tiempo posible o en una fecha posterior acordada.

Por otra parte, en caso de cancelación también puede ser posible que la persona usuaria tenga derecho a una **compensación económica**, que oscilaría **entre 250 y 600 euros **en función de la distancia y si el viaje tiene carácter intracomunitario o extracomunitario. No obstante, existen **excepciones** a este derecho de compensación, como, por ejemplo, si el vuelo ha sido cancelado por **circunstancias extraordinarias, **como condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, **riesgos para la seguridad**, **deficiencias inesperadas** en la seguridad del vuelo, **inestabilidad política** y **huelgas **que afecten a las operaciones de una compañía encargada de efectuar un vuelo.

**Derecho de atención y reclamaciones**

Por otra parte, la compañía aérea está obligada a ofrecer gratuitamente a las personas viajeras afectadas **comida y refrescos suficientes**, en función del tiempo que sea necesario esperar al transporte alternativo ofrecido por la compañía aérea.

**Si el transporte alternativo es como mínimo al día siguiente** de la salida programada del vuelo, o se hace necesaria una estancia adicional a la prevista por la persona viajera, la compañía estará obligada a ofrecer gratuitamente a los pasajeros y las pasajeras **alojamiento en un hotel y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento**, prestando especial atención a las **personas con movilidad reducida y acompañantes** y a las personas **menores de edad no acompañadas**.

Si la persona que viaja considera que sus derechos en materia de cancelaciones de vuelos no han sido respetados, podrá interponer la **oportuna reclamación** ante la compañía aérea.

En caso de que el vuelo cancelado afectado estuviera incluido dentro de un **paquete o viaje combinado**, se puede presentar la **reclamación ante la agencia de viajes** en la que se contrató el citado paquete.

Para que no haya problemas a la hora de que las personas consumidoras puedan ejercer sus derechos, es **imprescindible **que se conserven **copias **de los billetes, facturas, tiques… tanto del transporte propiamente dicho como de los **gastos originados por el retraso** o cancelación producidos (por si tuvieran que reclamar otros gastos diferentes a los del mero transporte).

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con **Consumo Responde**, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias, impulsado por la Consejería de Salud y Familias. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono **900 21 50 80**, de la página web, del correo electrónico (**consumoresponde@juntadeandalucia.es**), del **perfil de Twitter** y el de **Facebook**.

También se puede recibir asesoramiento en las **delegaciones territoriales de Consumo **presentes en todas las capitales de provincia, así como en las **Oficinas Municipales de Información al Consumidor** (OMIC) y en las **organizaciones de personas consumidoras y usuarias**.
